Micelio

Artículo 7

º

Decreto 2239 de 1991 · por el cual se reglamentan las operaciones que adelanten las sociedades fiduciarias a través de la red de oficinas de los establecimientos de crédito.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Comprobantes de las operaciones . De toda operación que adelante el establecimiento de crédito deberá elaborarse un comprobante de la transacción, el cual contendrá la siguiente leyenda: ADVERTENCIA : EL (LA) (aquí el nombre del establecimiento de crédito) ACTUA BAJO LA EXCLUSIVA RESPONSABILIDAD DE (aquí el nombre de la fiduciaria) Y, POR TANTO, NO ASUME NINGUNA OBLIGACION FRENTE AL CLIENTE RELACIONADA CON LA EJECUCION DEL NEGOCIO FIDUCIARIO QUE DA ORIGEN A ESTA TRANSACCION.

Parágrafo

La Superintendencia Bancaria establecerá el tamaño, ubicación y demás características del aviso, así como la información mínima que deberá contener el comprobante.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2239 de 1991