Micelio

Artículo 3062

Del Presupuesto Nacional De Gasdertos De La Vigencia Fiscal En Curso, Para Dar Cumplimiento Al Convenio Suscrito Entre El Gobierno De Colombia (Ministerio De Salud Pública), La Organización Mundial De La Salud (Oms), Y El Fondo De Las Naciones Unidas Para La Infancia (Unicef), Para Adelantar En El Territorio Nacional Una Campaña De Vacunación Antivariólica, En El Año, Así: A)disminúyese En La Suma De Veinte Mil Pesos ($20

Decreto 2511 de 1959 · Por el cual se modifica el artículo primero del Decreto número 0122 de enero del presente año

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Modifícase la distribución efectuada por el artículo primero del Decreto número 0122 de enero 21 del presente año, de la partida global apropiada en el Capítulo 294, artículo 3062 del Presupuesto Nacional de Gasdertos de la vigencia fiscal en curso, para dar cumplimiento al Convenio suscrito entre el Gobierno de Colombia (Ministerio de Salud Pública), la Organización Mundial de la Salud (OMS), y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), para adelantar en el territorio nacional una Campaña de Vacunación Antivariólica, en el año, así: a)Disminúyese en la suma de veinte mil pesos ($20.000.00) moneda corriente, la cantidad destinada en el ordinal 1) para sueldos del personal de la Campaña Nacional de Vacunación Antivariólica, en el año. b) Auméntase en la suma de veinte mil pesos ($20.000.00) moneda corriente, la cantidad destinada a los ordinales que a continuación se detallan: Ordinal 3. Para blusas de trabajo, overoles, uniformes, incluyendo impermeables y sombreros complementarios, avisos, publicaciones, afiches y demás gastos similares para la presentación del personal y propaganda de la Campaña Nacional de Vacunación Antivariólica, en el año 9.000.00 Ordinal 5. Para combustibles, lubricantes, grasas y demás gastos similares, inherentes al servicio de los vehículos de la Campaña Nacional de Vacunación Antivariólica, en el año. 10.000.00 Ordinal 7. Para gastos extraordinarios e imprevistos y gastos menores de la presente vigencia y anteriores no contemplados en los ordinales precedentes, en el año. 1.000.00 Total 20.000.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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