Micelio

Artículo 975

Sueldos En Doce Meses, Enero A Diciembre: Mensual

Decreto 281 de 1948 · Por el cual se distribuyen los fondos para sueldos del personal, alimentación y gastos varios de la Escuela Normal de Señoritas, de Mompós

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Para sueldos del personal, alimentación y gastos varios de la Escuela Normal de Señoritas, de Mompós, se distribuyen las siguientes partidas apropiadas en el Presupuesto Naional vigente, así

a)

Capítulo 76, artículo 975. Sueldos en doce meses, enero a diciembre: Mensual. Total. Directora $ 252.00 3.024.00 Secretaria Habilitada 120 1.440.00 Mensual. Total. 4 Profesoras internas, a $ 144.00 cada una $ 576.00 6.912.00 Directora de la Escuela Anexa 144 1.728.00 2 Profesoras de la Escuela Anexa, a $ 120.00 cada una 240 2.880.00 Médico Profesor 72 864 Capellán Profesor 60 720 Dentista 60 720 Profesor de Agricultura 60 720 Profesor de Música y Canto 48 576 Profesor de Dibujo 36 432 Enfermera Bibliotecaria 70 840 Ecónoma 48 576 Portera 30 360 Chofer 80 960 Servicio doméstico, según distribución que haga la Directora 113 356 Totales $ 2.009.00 24.108.00

b)

Capítulo 76, artículo 976. Alimentación en diez meses, febrero a noviembre: De 60 alumnas internas becadas, a $ 30.00 cada una 1.800.00 18.000.00 De 13 empleados internos, a $ 30.00 cada uno 390 3.900.00 Restaurante de la Escuela Anexa 150 1.500.00 Sumas 2.340.00 23.400.00 Enero a diciembre: Alimentación del servicio doméstico 100 1.200.00 Servicios de energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, dotación, deportes, drogas, excursiones, reparaciones y demás gastos generales de la Normal 450 5.400.00 Suma 550.00 Total 30.000.00 Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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