Micelio

Artículo 6

Nadie Podrá Ser Elegido Simultáneamente Miembro De La Asamblea Constitucional Y Del Congreso Nacional

Decreto 277 de 1977 · Por el cual se ordena la publicación de un acto legislativo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Nadie podrá ser elegido simultáneamente miembro de la Asamblea Constitucional y del Congreso Nacional. La infracción de éste precepto vicia de nulidad ambas elecciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 277 de 1977