Micelio

Artículo 23

Decreto 2900 de 2005 · Por el cual se reglamenta el Decreto-ley 790 de 2005

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las reclamaciones de los participantes por inconformidad con los puntajes obtenidos en las pruebas serán presentadas ante la entidad que realiza el concurso y decididas por esta antes de la aplicación de la siguiente prueba o de la elaboración de la lista de elegibles, según sea el caso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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