Funciones de los Comités Territoriales para la búsqueda. Los Comités Territoriales en el marco de sus competencias tendrán las siguientes funciones
Garantizar la coordinación interinstitucional e intersectorial de las entidades del orden territorial y nacional que participan en la atención, prevención, búsqueda, identificación, reencuentro y entrega digna de cuerpos de las personas dadas por desaparecidas en contexto y en razón del conflicto armado, incluyendo las víctimas de desaparición forzada, en el marco de los Planes Nacionales y los planes regionales de búsqueda.
Implementar y realizar seguimiento en su jurisdicción a las medidas de atención, prevención, búsqueda, identificación, reencuentro o entrega digna de cuerpos de las personas dadas por desaparecidas definidas en la Política Pública Integral, incluyendo la aplicación de los enfoques diferenciales, entre otros, el de género y el étnico racial, desde una comprensión interseccional y territorial.
Implementar los lineamientos y orientaciones técnicas emitidas por la Comisión Intersectorial del Sistema Nacional de Búsqueda.
Generar espacios de articulación con entidades del Estado que tengan como función desarrollar acciones orientadas a preservar la memoria de las víctimas de desaparición forzada.
Remitir la información que sea requerida para el funcionamiento del Sistema Nacional de Búsqueda a la Comisión Intersectorial a través de su Secretaría Técnica.
El funcionamiento de los comités territoriales se regirá por el reglamento y/o Acuerdo de conformación expedido por la Comisión Intersectorial del Sistema Nacional de Búsqueda.
Las demás que sean necesarias para garantizar coordinación, articulación y la implementación de las medidas de atención, prevención, búsqueda, identificación, reencuentro y entrega digna de cuerpos, definidas en la Política Pública Integral.