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Artículo 2.2.5.9.2.14

Funciones De Los Comités Territoriales Para La Búsqueda

Decreto 1069 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de los Comités Territoriales para la búsqueda. Los Comités Territoriales en el marco de sus competencias tendrán las siguientes funciones

1.

Garantizar la coordinación interinstitucional e intersectorial de las entidades del orden territorial y nacional que participan en la atención, prevención, búsqueda, identificación, reencuentro y entrega digna de cuerpos de las personas dadas por desaparecidas en contexto y en razón del conflicto armado, incluyendo las víctimas de desaparición forzada, en el marco de los Planes Nacionales y los planes regionales de búsqueda.

2.

Implementar y realizar seguimiento en su jurisdicción a las medidas de atención, prevención, búsqueda, identificación, reencuentro o entrega digna de cuerpos de las personas dadas por desaparecidas definidas en la Política Pública Integral, incluyendo la aplicación de los enfoques diferenciales, entre otros, el de género y el étnico racial, desde una comprensión interseccional y territorial.

3.

Implementar los lineamientos y orientaciones técnicas emitidas por la Comisión Intersectorial del Sistema Nacional de Búsqueda.

4.

Generar espacios de articulación con entidades del Estado que tengan como función desarrollar acciones orientadas a preservar la memoria de las víctimas de desaparición forzada.

5.

Remitir la información que sea requerida para el funcionamiento del Sistema Nacional de Búsqueda a la Comisión Intersectorial a través de su Secretaría Técnica.

6.

El funcionamiento de los comités territoriales se regirá por el reglamento y/o Acuerdo de conformación expedido por la Comisión Intersectorial del Sistema Nacional de Búsqueda.

7.

Las demás que sean necesarias para garantizar coordinación, articulación y la implementación de las medidas de atención, prevención, búsqueda, identificación, reencuentro y entrega digna de cuerpos, definidas en la Política Pública Integral.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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