B. Bonificación por permanencia . El personal de mandos del Nivel Ejecutivo que, habiendo cumplido los requisitos para hacerse acreedor a una asignación de retiro continúe en servicio activo, tendrá derecho al reconocimiento y pago de una bonificación mensual. Dicha bonificación se liquidará y pagará a partir del mes de enero del año 2023, de la siguiente manera
En el grado de Subintendente, un 40% sobre la asignación básica mensual, durante el tiempo que permanezca en servicio.
En el grado de Intendente, un 35% sobre la asignación básica mensual, durante el tiempo que permanezca en servicio.
En el grado de Intendente Jefe, un 30% sobre la asignación básica mensual, durante el tiempo que permanezca en servicio en activo.
En el grado de Subcomisario, un 25% sobre la asignación básica mensual, durante el tiempo que permanezca en servicio activo.
En el grado de Comisario, un 10% sobre la asignación básica mensual, durante el tiempo que permanezca en servicio activo.
La bonificación a la que hace referencia el presente artículo, se reconocerá y pagará al personal de mandos del Nivel Ejecutivo a partir del grado de Subintendente en servicio activo, no es retroactiva, ni será computable para efectos salariales, prestacionales, pensionales o de asignación de retiro.
Para el cómputo del tiempo de servicio como requisito para acceder a una asignación de retiro, se tendrá en cuenta lo establecido en la Ley 923 de 2004 y sus decretos reglamentarios.
Entiéndase por mandos del Nivel Ejecutivo, el personal que integra dicha categoría a partir del grado de Subintendente hasta Comisario.