Micelio

Artículo 31

El Ministerio De Gobierno Girara A Favor Del Tesorero General De La Republica, En Su Carácter De Tesorero Del Fondo, Las Sumas Que Figuren En El Presupuesto Con Destino Al Mismo, O Que Hayan Asignado Para La Atención De Los Programas De Los Organismos De Integración Y Desarrollo De La Comunidad

Decreto 158 de 1970 · por el cual se reglamenta el artículo 28 del Decreto 3159 de 1968, sobre el Fondo de Desarrollo Comunal.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El ministerio de gobierno girara a favor del tesorero general de la Republica, en su carácter de tesorero del fondo, las sumas que figuren en el presupuesto con destino al mismo, o que hayan asignado para la atención de los programas de los organismos de integración y desarrollo de la Comunidad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 158 de 1970