Micelio

Artículo 7

Decreto 26 de 1995 · por el cual se dictan normas sobre régimen salarial y prestacional para los servidores públicos de la Procuraduría General de la Nación y la Defensoría del Pueblo y se dictan otras disposiciones en materia salarial.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . A partir del 1º de enero de 1995, la remuneración mensual de los Defensores Delegados grado 22 y los Directores Nacionales grado 22 de la Defensoría del Pueblo, será de tres millones quinientos cincuenta y un mil ochocientos pesos ($3.551.800) moneda corriente, discriminados así: asignación básica novecientos ochenta y tres mil ochocientos cuarenta y nueve pesos ($983.849) moneda corriente; gastos de representación novecientos Ochenta y tres mil ochocientos cuarenta y nueve pesos ($983.849) moneda corriente; prima técnica novecientos ochenta y tres mil ochocientos cuarenta y nueve pesos ($983.849) moneda corriente, y prima especial de seiscientos mil doscientos cincuenta y tres pesos ($600.253) moneda corriente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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