Micelio

Artículo 189

Decreto 409 de 1971 · por el cual se introducen reformas al Código de Procedimiento Penal y se codifican todas sus normas.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Prórroga. Los términos legales o judiciales no pueden ser prorrogados sino a petición de algún interesado, hecha antes de su vencimiento, por causas graves justificadas.

El juez prudencialmente, y por una sola vez, concederá la prórroga, que en ningún caso puede exceder del doble del término ordinario.

Los términos fijados en autos no sujetos a notificación empezarán a correr desde el día siguiente a la fecha de la providencia. Cuando fueren de horas, el juez señalará en el auto respectivo el momento de su iniciación.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 409 de 1971