Micelio

Artículo 29

Denominaciones

Decreto 3770 de 2004 · por el cual se reglamentan el régimen de registros sanitarios y la vigilancia sanitaria de los reactivos de diagnóstico in vitro para exámenes de especímenes de origen humano.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Denominaciones . En los productos y reactivos de diagnóstico in vitro no se podrán utilizar como nombres

1.

Las denominaciones excéntricas, exageradas o que conduzcan al engaño o error, o que no se ajusten a la realidad del producto.

2.

Las denominaciones que induzcan a confusión con otra clase de productos.

3.

Las que utilicen nombres, símbolos, emblemas de carácter religioso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3770 de 2004