Micelio

Artículo 6

Del Decreto Legislativo Número 0097 De 28 De Marzo Del Corriente Año, La Referida Finca Quedará Destinada Para Su Parcelación Por Conducto De La Caja De Crédito Agrario, Industrial Y Minero

Decreto 246 de 1958 · que autoriza a la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero para que como mandataria de la Nación adquiera unas fincas y fije modalidades al respecto.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo sexto. Si dentro de los quince días siguientes a la vigencia de este Decreto .la Gobernación del Departamento del Huila no hubiere suscrito el documento de promesa de compra a la Nación de la finca "San Julián", en el Municipio de Pitalito, en los términos autorizados por el artículo 1° del Decreto legislativo número 0097 de 28 de marzo del corriente año, la referida finca quedará destinada para su parcelación por conducto de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 246 de 1958