Artículo tercero. El presente Decreto suspende las disposiciones que le sean contrarias, y regirá-desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.
Decreto 367 de 1957 →Vigente
Artículo 3
Decreto 367 de 1957 · Que fija modalidades para la venta de unas fincas de propiedad nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.