Micelio

Artículo 9

Decreto 210 de 2003 · por el cual se determinan los objetivos y la estructura orgánica del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Oficina Asesora Jurídica . Son funciones de la Oficina Asesora Jurídica, las siguientes

1.

Asesorar al Ministro, Viceministros y Secretaria General y a las demás dependencias del organismo, en la aplicación e interpretación de las normas constitucionales y legales y en los asuntos jurídicos del organismo.

2.

Representar judicial y extrajudicialmente al organismo en los procesos que se instauren en su contra o que este deba promover, mediante poder o delegación que le otorgue el Ministro y mantenerlo informado sobre el desarrollo de los mismos.

3.

Atender directamente los procesos judiciales en los que sea parte la Nación - Ministerio de Comercio, Industria y Turismo cuando el Ministro le confiera poder o le delegue la función de defender los intereses de la Nación en las acciones instauradas por los ciudadanos contra la Nación - Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.

4.

Ejercer vigilancia sobre la actuación de los abogados externos que excepcionalmente sean contratados por el Ministerio para defender sus intereses.

5.

Elaborar, revisar y conceptuar sobre los proyectos de ley, decretos, acuerdos, resoluciones, contratos, convenios y demás actos administrativos del Ministerio que deba expedir o proponer la entidad, cuando sean sometidos a su consideración.

6.

Estudiar y conceptuar sobre la viabilidad jurídica de los procesos de contratación que adelante el Ministerio.

7.

Atender y resolver las consultas y derechos de petición relacionados con las funciones de la oficina, presentados ante el Ministerio por personas de carácter público o privado.

8.

Coordinar y evaluar el desarrollo de los asuntos jurídicos de las entidades adscritas y vinculadas, con el fin de que exista una política y criterios jurídicos unificados en el sector.

9.

Ejercer las acciones de cobro coactivo a que haya lugar en el Ministerio.

10.

Compilar y mantener actualizadas las normas legales, jurisprudencia, doctrina y conceptos relacionados con el funcionamiento y administración del Ministerio e informar oportunamente las novedades a las correspondientes áreas y dependencias del organismo.

11.

Notificar en la forma establecida por la ley, los actos administrativos expedidos por el Ministerio.

12.

Las demás inherentes a la naturaleza y funciones de la dependencia, que le sean asignadas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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