Los miembros de la administración y los revisores fiscales son solidariamente responsables para con la sociedad de los daños que le causen por negligencia en el cumplimiento de sus deberes o violación de ellos, De la misma manera, serán solidariamente responsables para con cada uno de los accionistas y acreedores de la sociedad de todos los daños que les causen por faltar voluntariamente a los deberes que les imponen sus cargos.
Artículo 121
Los Miembros De La Administración Y Los Revisores Fiscales Son Solidariamente Responsables Para Con La Sociedad De Los Daños Que Le Causen Por Negligencia En El Cumplimiento De Sus Deberes O Violación De Ellos, De La Misma Manera, Serán Solidariamente Responsables Para Con Cada Uno De Los Accionistas Y Acreedores De La Sociedad De Todos Los Daños Que Les Causen Por Faltar Voluntariamente A Los Deberes Que Les Imponen Sus Cargos
Decreto 2521 de 1952 · Por el cual se reglamenta el Capítulo 2° del Título 7° del Libro 2° del Código de Comercio, la Ley 58 de 1931, el artículo 40 de la Ley 66 de 1947 y las demás disposiciones legales vigentes sobre sociedades anónimas
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.