Micelio

Artículo 3

Ley 2607 de 2026 · Por medio del cual se exaltan las tradiciones culturales de los Montes de María, se declara el festival multicultural como patrimonio cultural inmaterial de la Nación, se promueve la economía regional y se dictan otras disposiciones - Ley Montes de María.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Autorícese al Gobierno nacional, a través del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes, para incorporar al Presupuesto General de la Nación de acuerdo con el Marco Fiscal de Mediano Plazo y el Marco de Gastos de Mediano Plazo, las apropiaciones requeridas para contribuir al fomento, promoción, difusión, conservación, protección y desarrollo de prácticas y manifestaciones culturales asociadas al Festival Multicultural de los Montes de María de acuerdo a los términos resultantes del proceso de postulación mencionado en el artículo 2o.

Parágrafo

Reconózcase los estímulos establecidos en el artículo 18 de la Ley 397 de 1997, previo concepto del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes, a los creadores, impulsores, gestores, promotores y desarrolladores de las distintas actividades culturales y tradiciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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