ARTICULO 29. DIVISION DE ORGANIZACION Y SISTEMAS. - Son funciones de la División de Organización y Sistemas las siguientes
Desarrollar actividades de modernización de la organización, métodos y procedimiento de trabajo, racionalización de formas de papelería y demás asuntos que propendan por el mejoramiento de la eficiencia en la gestión de la Cancillería y elaborar los manuales correspondientes.
Establecer, mantener, controlar y operar el sistema de procesamiento electrónico de datos para las distintas dependencias del Ministerio y para las Misiones Diplomáticas y Consulares de la República. 3 . Brindar soporte profesional y técnico para el diseño y puesta en marcha de un sistema integral de información que facilite el cabal cumplimiento de la misión del Ministerio. 4. Organizar, mantener y salvaguardar los archivos maestros, diskettes, cintas magnéticas, equipos, programas y elementos afines del Ministerio. 5. Analizar, elaborar o desarrollar las aplicaciones y los programas que se utilizarán, según las necesidades del Ministerio. 6. Coordinar con la Subsecretaría de Recursos Humanos la atención de la capacitación y adiestramiento en el área de sistemas a los funcionarios del Ministerio. 7. Supervisar la grabación, consulta e impresión de la información requerida por las distintas dependencias. 8. Elaborar los manuales de documentación, programación y operación de las diferentes aplicaciones y programas. 9. Velar por el adecuado mantenimiento y actualización de los programas y aplicaciones. 10. Las demás que por su naturaleza sean afines a las ya descritas.