Micelio

Artículo 3

Ley 11 de 1904 · Por la cual se provee a las más urgentes necesidades de la Administración Pública

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 3º Entregada a la Tesorería general de la República la emisión de que trata la presente Ley, para lo cual se da un término improrrogable de noventa días, quedará eliminada la Junta de Emisión, la cual enviará en seguida a la Nacional de Amortización todas las planchas litográficas y de cualquiera otra clase que hayan servido o puedan servir para la fabricación de papel-moneda nacional.

Parágrafo

La Junta nacional de Amortización destruirá en público el grabado litográfico de las planchas, previo aviso por carteles, tan pronto como aquellas le sean entregadas por la Junta de Emisión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 11 de 1904