Micelio

Artículo 26

Aplicación De Pruebas

Decreto 1732 de 1997 · por el cual se reglamenta el título IX de la Ley 201 de 1995 y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Aplicación de pruebas. En todo concurso se requiere, además de la valoración de los antecedentes de estudio y experiencia de que trata el articulo 78 de la Ley 190 de 1995, como mínimo, la aplicación de dos (2) pruebas, de las cuales por lo menos una ~l) tendrá carácter eliminatorio. Las pruebas a utilizarse en los concursos tendrán carácter reservado, y solo serán de conocimiento de los empleados responsables del proceso de selección, o de las entidades o personas naturales, de que trata el artículo 27 de este decreto. La Comisión de Carrera Administrativa adoptará los instrumentos para valorar las pruebas que deban aplicarse a los concursos.

Parágrafo

Cuando la entrevista tenga carácter eliminatorio, el jurado deberá dejar constancia escrita de las razones por las cuales se origina un puntaje no aprobatorio a un aspirante. Cuando la entrevista tenga un valor igual o superior al veinte por ciento (20%), su realización deberá ser grabada en medio magnetofónico, la cual se conservará en el archivo de la Sección de Selección y Carrera, por un término no inferior a cuatro (4) meses, contados a partir de la fecha en la cual se expida la correspondiente resolución de lista de elegibles.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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