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Artículo 3

Igualmente Deben Observarse En Los Puertos De Rio De Que Trata Este Decreto, No Solo Las Disposiciones Especiales Sobre Policía Fluvial, Sino Tambien Las Relativas A La Policía Marítima En Cuanto Ellas Puedan Ser Aplicables

Decreto 613 de 1875 · Sobre comercio fluvial

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Igualmente deben observarse en los puertos de rio de que trata este decreto, no solo las disposiciones especiales sobre policía fluvial, sino tambien las relativas a la policía marítima en cuanto ellas puedan ser aplicables.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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