Micelio

Artículo 3

Ley 33 de 1940 · por la cual se reforma el artículo 2° de la Ley 158 de 1938 y se cambian unas destinaciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Autorizase a los Municipios de Santo Domingo y Remedios para invertir en sus obras publicas de mayor urgencia los fondos a que se refieren las leyes 140 y 267 de 1938.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 33 de 1940