º Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente: MINISTERIO DE JUSTICIA CAPITULO 25-1. Del artículo 259-18. Para pagar los aumentos de sueldos decretados por la Ley 53 de 1946, a los empleados del Organo Jurisdiccional, Contencioso Administrativo; Ministerio Público y Justicia Pública Municipal $2.076.839.04 Suman los contracréditos $ 2.076.839.04 CAPITULO 25-B. Al artículo 259-7. Para sueldos de] personal del Consejo de Estado y su Fiscalía, en el año $ 4.278.00 CAPÍTULO 25-C. Al artículo 259-12. Para sueldos del personal de los Tribunales de lo Contencioso Administrativo y sus Fiscalías, en el año $ 64.456.20 CAPITULO 25-D. Al artículo 259-17. Para sueldos del personal de la Procuraduría General de la Nación y sus dependencias, en el año 2.760.00 Al artículo 259-24. Para sueldos del personal de Jas Fiscalías de los Tribunales Superiores de Distrito Judicial., en el año 44.927.16 Al artículo 259-29. Para sueldos de los empleados de las Fiscalías de los Juzgados Superiores de Distrito Judicial, en el año 75.733.20 CAPITULO 25-E. Al artículo 259-31. Para sueldos de la Corte Suprema de Justicia y sus dependencias, en el año 22.860.00 CAPITULO 25-F. Al artículo 259-11. Para sueldos del personal de los Tribunales Superiores de Distrito Judicial, en el año 332.685.60 CAPITULO 25-G. AI artículo 259-47. Para sueldos del personalde los Juzgados Superiores de Distrito Judicial, en el año 163.583.76 CAPITULO 25-H. Al artículo 259-53. Para sueldos del personal de los Juzgados de Circuito de la República, en el año 773.856.48 CAPITULO 25-1. Al artículo- 259-62. Para sueldos del personal de los Juzgados Municipales de la República, en el año 524.051.00 CAPITULO 25-K. Al artículo 259-77. Para sueldos del personal de los Juzgados de Menores, en el año, incluyendo el aumento hecho por la Ley 53 de 1946 67.647.64 Suman los créditos $ 2.076.839.64
Decreto 628 de 1947 →Vigente
Artículo 1
Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Vigente: Ministerio De Justicia Capitulo 25-1
Decreto 628 de 1947 · Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente. (Ministerio de Justicia)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.