Micelio

Artículo 23

A Los Empleados Que Estuvieren Prestando Sus Servicios, Al Instituto E

Decreto 1857 de 1973 · Por el cual se fija el sistema de clasificación, remuneración y nomenclatura para las distintas clases de empleos del Instituto Colombiano Agropecuario-ica

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

A los empleados que estuvieren prestando sus servicios, al Instituto e.1º de julio de 1973, que continuaren prestándolos a la vigencia del presente Decreto y fueren: incorporados a la planta de personal que se expida para su desarrollo, el tiempo para efectos de antigüedad se les computará a partir de esa fecha Para los demás, el tiempo se contará a partir de la fecha de su posesión

Parágrafo

Las licencias ordinarias no ocasionan la pérdida del derecho para el reconocimiento de antigüedad, pero su duración no es computable para este efecto, como tiempo de servicio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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