Micelio

Artículo 5

Para Ser Elegido Delegatario Se Requiere Ser Colombiano De Nacimiento, Ciudadano En Ejercicio, Tener Más De Treinta Y Cinco Años De Edad En La Fecha De La Elección Y, Además, Haber Desempeñado Alguno De Los- Cargos De Presidente De La República, Designado, Senador, Representante A La Cámara, Ministro Del Despacho, Jefe De Departamento Administrativo, Magistrado De La Corte Suprema De Justicia, Del Consejo De Estado O Del Tribunal Disciplinario, Procurador General De La Nación, Contralor General De La República, Gobernador Del Departamento, Alcalde De Bogotá, O Haber Ejercido Por Diez Años A Lo Menos Una Profesión Con Título Universitario

Decreto 277 de 1977 · Por el cual se ordena la publicación de un acto legislativo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Para ser elegido delegatario se requiere ser colombiano de nacimiento, ciudadano en ejercicio, tener más de treinta y cinco años de edad en la fecha de la elección y, además, haber desempeñado alguno de los- cargos de Presidente de la República, Designado, Senador, Representante a la Cámara, Ministro del Despacho, Jefe de Departamento Administrativo, Magistrado de la Corte Suprema de Justicia, del Consejo de Estado o del Tribunal Disciplinario, Procurador General de la Nación, Contralor General de la República, Gobernador del Departamento, Alcalde de Bogotá, o haber ejercido por diez años a lo menos una profesión con título universitario.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 277 de 1977