La industria de la construcción y los estudios de ingeniería y arquitectura en todas sus ramas, son actividades útiles y necesarias para el desarrollo económico del país, por lo cual el Estado debe estimular y proteger a las personas nacionales naturales o jurídicas, dedicadas a ellas.
El Gobierno reglamentará la forma como deba dar esta protección y estímulo, y lo que debe entenderse por personas jurídicas nacionales, para estos efectos.