A juicio de la Comisión de Ejercicio Profesional, contra las faltas a la ética profesional en que incurran los Dietistas y Nutricionistas proceden las siguientes sanciones:
Amonestación privada.
Censura.
Suspensión de la matrícula por el término de 3 a 6 meses.
Cancelación definitiva de la matrícula profesional.
Para la aplicación de las anteriores sanciones se tendrán en cuenta la gravedad de la falta y la reincidencia.
Contra las sanciones impuestas por la Comisión de Ejercicio Profesional procede el recurso de apelación para ante el Ministerio de Salud Pública, dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la fecha de la notificación de la sanción.