Micelio

Artículo 19

Decreto 219 de 2000 · Por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Desarrollo Económico

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de los consejos consultivos-asesores . Los Consejos Consultivos-Asesores del Ministerio de Desarrollo Económico son instancias de concertación y en relación con las materias propias de cada uno, previstas en este decreto, tendrán las siguientes funciones

1.

Asesorar al Ministerio de Desarrollo Económico en la concepción, definición y formulación de las políticas, programas y proyectos de desarrollo y competitividad de los sectores productivos de competencia del sector administrativo encabezado por la entidad.

2.

Analizar el desempeño nacional e internacional de los sectores productivos de competencia del Ministerio de Desarrollo Económico y presentarle las recomendaciones pertinentes.

3.

Detectar oportunidades de Cooperación Económica o Técnica Internacional en favor de los sectores productivos de competencia del Ministerio y recomendar las gestiones pertinentes a su ejecución.

4.

Procurar una efectiva y permanente coordinación entre el Gobierno y el Sector Privado a favor del desarrollo y competitividad de los sectores productivos de competencia del Ministerio.

5.

Promover una efectiva y permanente coordinación entre las entidades públicas con funciones relacionadas con el desarrollo y competitividad de los sectores productivos de competencia del Ministerio.

6.

Propiciar una efectiva y permanente coordinación entre las entidades públicas del orden nacional y las autoridades regionales y locales relacionadas con el desarrollo y competitividad de los sectores productivos de competencia del Ministerio.

7.

Realizar actividades de seguimiento, evaluación y análisis de impacto de las políticas, programas y proyectos de Gobierno en relación con los sectores productivos de competencia del Ministerio de Desarrollo Económico.

8.

Propiciar el establecimiento, monitoreo y evaluación de indicadores de gestión relativos a las políticas, programas y proyectos del Gobierno respecto de los sectores productivos de competencia del Ministerio de Desarrollo Económico.

9.

Darse su propio reglamento.

10.

Las demás que le asigne el Gobierno. El reglamento determinará el procedimiento para que el Ministerio escoja los representantes de las asociaciones gremiales del sector privado integrantes de los Consejos Superiores.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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