Micelio

Artículo 94

El Director General De La Policía Nacional Será El Ordenador De Los Gastos Correspondientes A Los Servicios De La Institución, Ciñéndose A Las Normas Y Apropiaciones Presupuestales

Decreto 1667 de 1966 · Por el cual se dicta el Estatuto Orgánico de la Policía Nacional

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Director General de la Policía Nacional será el ordenador de los gastos correspondientes a los servicios de la institución, ciñéndose a las normas y apropiaciones presupuestales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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