De la extemporaneidad de las listas de candidatos. Los Comités o el Consejo Superior del Servicio Civil, según el caso, se abstendrán de considerar los candidatos que figuren en las listas que no sean recibidas dentro de los plazos señalados en el artículo anterior.
Decreto 671 de 1989 →Vigente
Artículo 13
De La Extemporaneidad De Las Listas De Candidatos
Decreto 671 de 1989 · por el cual se regula el sistema de distinción y estímulos para empleados públicos de la Rama Ejecutiva del Poder Público a nivel nacional.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
modificado (verif_articulado: el artículo 13 del decreto 671 de 1989, quedará así) por decreto 946/90 modificado por decreto 946/90
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.