El
del artículo 208 de la Constitución Política quedará así:
El Gobierno incorporará sin modificaciones al proyecto de la ley de apropiaciones el que, previa consulta con las Mesas Directivas de las Comisiones Permanentes, elaboren cada año las Comisiones de la Mesa de las Cámaras para el funcionamiento del Congreso, conforme a las leyes preexistentes. El Gobierno podrá presentar durante el primer debate observaciones que en sesión conjunta examinarán las Comisiones de Presupuesto. Corresponde a las Mesas Directivas de las Cámaras ejecutar los correspondientes presupuestos con facultades para contratar y con estricta sujeción a las leyes orgánica y anual. De dicha ejecución rendirán informe público mensual.