º El sueldo básico mensual para el personal de Agentes de la Policía Nacional será de $3.600. Los agentes de la Policía Nacional que por sus méritos profesionales sean distinguidos como Dragoneantes, recibirán mientras ostentan esta distinción una bonificación mensual de $200, la cual no se computará para la liquidación de primas, cesantías, sueldos de retiro, pensiones indemnizaciones y demás prestaciones sociales. Los alumnos de las Escuelas de Formación de Agentes y el personal del cuerpo Auxiliar de la Policía nacional devengarán una bonificación mensual de $1.050
Decreto 2925 de 1978 →Vigente
Artículo 5
El Sueldo Básico Mensual Para El Personal De Agentes De La Policía Nacional Será De $3
Decreto 2925 de 1978 · Por el cual se fijan los sueldo para el personal de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares, de los Oficiales, Suboficiales y Agentes de la Policía Nacional y de los empleados públicos de las Fuerzas Militares, la Policía Nacional y el Ministerio de Defensa, se establecen bonificaciones para Alféreces, Guardiamarinas, Grumetes y Soldados, y se dictan otras disposiciones en materia salarial
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.