Micelio

Artículo 8

Los Recaudadores De Empréstitos Forzosos Podrán Nombrar Ajentes Para Que Bajo La Responsabilidad De Los Mismos Recaudadores Hagan Efectivos Los Empréstitos En Los Distritos A Que Se Estienda Su Juridiccion

Decreto 465 de 1877 · Por el cual se reforma el marcado con el número 324, de 30 de mayo del presente año

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los Recaudadores de empréstitos forzosos podrán nombrar ajentes para que bajo la responsabilidad de los mismos Recaudadores hagan efectivos los empréstitos en los distritos a que se estienda su juridiccion.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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