° Todo comerciante o sociedad comercial á quien se expida una patente está en la obligación de remitirla inmediatamente al Administrador de la Aduana por donde haya de verificarse la importación de los artículos sobre que versa la patente. Este empleado la conservará en su poder para hacer la debida confrontación cuando se reciban los artículos á que ella se refiera.
Decreto 622 de 1909 →Vigente
Artículo 4
Todo Comerciante O Sociedad Comercial Á Quien Se Expida Una Patente Está En La Obligación De Remitirla Inmediatamente Al Administrador De La Aduana Por Donde Haya De Verificarse La Importación De Los Artículos Sobre Que Versa La Patente
Decreto 622 de 1909 · Por el cual se reglamenta la recaudación de ciertas rentas nacionales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.