Micelio

Artículo 2.2.25.1.2.10

Fase De Experimentación

Decreto 1078 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Fase de Experimentación. Una vez en firme el acto particular o el último de los actos particulares de autorización que se expidan en caso de Sandbox Regulatorio Sectorial, sin perjuicio de las adecuaciones a que haya lugar, se iniciará la fase de experimentación y los operadores y/o proveedores autorizados podrán iniciar la comercialización o utilización de sus productos, servicios o soluciones, lo que activará el(los) protocolo(s) de recolección de información definido(s) en este(os).

En caso de que se presenten situaciones de fuerza mayor o caso fortuito durante la fase de experimentación, y por estas razones el proponente autorizado manifieste la necesidad de desmontar dicha experimentación en alguna de las zonas geográficas autorizadas, deberá enviar inmediatamente una solicitud al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones justificando tal necesidad.

El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud, prorrogables hasta por el mismo término y por única vez, decidirá sobre el asunto; lo anterior no implica el inicio de la fase de salida dispuesta en el artículo 2.2.25.1.2.13. del presente Decreto.

Parágrafo

En el caso de Sandbox Regulatorio Sectorial, la solicitud de desmonte de la experimentación por razones de fuerza mayor o caso fortuito y la decisión sobre el particular se realizarán en los términos del presente artículo aplicando el principio de coordinación, pero esa solicitud deberá ser dirigida y resuelta de manera independiente y de acuerdo con la competencia particular del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, la Comisión de Regulación de Comunicaciones, o la Agencia Nacional del Espectro, según el objeto del proyecto y de acuerdo con las particularidades de la situación de fuerza mayor o caso fortuito alegada. En caso de que alguna de las entidades competentes en el proyecto de Sandbox determine que no existe fuerza mayor o caso fortuito, no se autorizará a desmontar la experimentación en alguna de las zonas geográficas autorizadas.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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