Micelio

Artículo 1

Decreto 1600 de 1942 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 5 de 1942, junio 22, dictado por la Junta de Obras Públicas de la Comisaria Especial de Arauca

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Apruébese el siguiente Acuerdo:

"ACUERDO NUMERO 5 DE 1942 (JUNIO 22)

por el,cual se incorpora un superávit de la vigencia anterior al presupuesto vigente, y se fija su destinación.'

La Junta de Obras Públicas de la Comisaría Especial de Arauca,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

Que en oficio número 57, de 18 de los corrientes, el/señor Administrador de Rentas Comisariales informa que al verificar la liquidación total del movimiento-presupuestal de la vigencia pasada, aparece que el saldo efectivo en caja parir 1° de enero del presente año, es de cinco mil trescientos trece pesos con veintidós centavos ($ 5.313.22), y nó de cuatro mil setecientos veintidós pesos doce centavos ($ 4.722.12), como se tuvo en cuenta para la elaboración del presupuesto vigente (capítulo IV, numeral 11, Presupuesto de rentas), con lo cual se obtiene un saldo de quinientos noventa y un pesos diez centavos ($ 591.10) en favor de la primitiva liquidación, saldo que hay necesidad de incorporar al presupuesto y darle la respectiva destinación;

Que es urgente abrir un nuevo artículo en el presupuesto de gastos del Departamento de Gobierno para atender al pago de las vacaciones legales, en dinero, a que tienen derecho, los empleados comisariales que, habiendo servido un año ininterrumpido, entran en cesantía por destitución o renuncia, sin haber hecho liso de sus vacaciones, de conformidad con el inciso 2° del artículo 8° del Decreto número 1054 de 1938, reglamentario del artículo 2° de la Ley 72 de 1931.

Que la partida destinada por el artículo 16, capí lulo V, Departamento de Gobierno, para pago de excedencias telegráficas y portes aéreos de correspondencia oficial, está para agotarse, según certificado expedido por el señor Administrador de Rentas, y verificado por el señor Auditor Fiscal de la Contraloría;

Que es indispensable apropiar una partida en el Departamento de Educación para adquirir libros de lectura primaria, con el fin de repartirlos gratuitamente a las escuelas de la Comisaría, que en la actualidad carecen de este elemento necesario, por lo cual se dificulta grandemente la enseñanza de las primeras letras;

Que hay necesidad de auxiliar al Municipio de Arauca para la construcción del matadero público de esta ciudad, obra de gran interés, que está para concluirse, y que por falta de fondos amenaza tener que ser aplazada, con grave perjuicio para esta población, que en la actualidad carece de ese importante servicio público,

ACUERDA:

Capítulo V-Departamento de Gobierno.

Al artículo 16. Para pago de excedencias telegráficas y portes aéreos de correspondencia oficial

Al artículo 42-B (nuevo). Para compra de trescientos ejemplares de "Mi-Primer Libro de Lectura", para repartirlos gratuitamente entre las escuelas de la Comisaria

Sométase el presente Acuerdo a la consideración del señor Ministro de Gobierno, por conducto de la Dirección de Territorios Nacionales, y si fuere aprobado, póngase en vigencia.

Expedido en Arauca a veintidós de junio de mil novecientos cuarenta.y dos.

El Comisario Especial, Presidente de la Junta, (fdo.), Miguel Antonio Constain-El Auditor Fiscal de la Contraloria (fdo.), Miguel A Fernández-El Personero Municipal (fdo.), Julio López. El Vecino (fdo.), Alberto Pérez. Hoyos-El Vecino (fdo.), Diego T.Zambrano-El Secretario General (fdo.), Aníbal Nicholls Maya.

02

Historia constitucional

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Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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