º . Establécese la siguiente nota en el Capítulo 51 del Arancel de Aduanas: "Fijase en 20% el gravamen ad-valorem para los hilados correspondientes a las posiciones y descripciones citadas a continuación y que sean importadas como insumo por la Industrias productoras del sector textil: Posición Descripción 51.01.04.01 Hilados de Poliester liso, teñido en la masa. 51.01.04.01 Hilados de poliester liso, catiónico. 51.01.04.01 Hilados de poliester liso, con un DPF igual o menor a 1.5. 51.01.04.01 Hilados de poliester liso de 40 denier o menos. 51.01.02.01 Hilados de nylon antiestático trilobal brillante en 40 denier y de 12 o mas filamentos. 51.01.52.00 Hilados de triacetato con un DPF igual o menor a 2.5. "Para tener derecho a este gravámen, deberán presentar en el momento de la nacionalizacion, un concepto favorable del Ministerio de Desarrollo Económico".
Decreto 2087 de 1983 →Vigente
Artículo 2
º
Decreto 2087 de 1983 · Por medio del cual se introducen unas modificaciones en el Arancel de Aduanas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.