°. A partir del 1° de enero del año 2013 y atendiendo la categorización establecida en la Ley 617 de 2000, el límite máximo salarial mensual que deberán tener en cuenta las Asambleas Departamentales para establecer el salario mensual del respectivo Gobernador será: CATEGORIA LIMITE MÁXIMO SALARIAL MENSUAL ESPECIAL $11.909.685 PRIMERA $10.091.220 SEGUNDA $9.703.096 TERCERA $8.348.909 CUARTA $8.348.909
Artículo 2
A Partir Del 1° De Enero Del Año 2013 Y Atendiendo La Categorización Establecida En La Ley 617 De 2000, El Límite Máximo Salarial Mensual Que Deberán Tener En Cuenta Las Asambleas Departamentales Para Establecer El Salario Mensual Del Respectivo Gobernador Será: Categoria Limite Máximo Salarial Mensual Especial $11
Decreto 1015 de 2013 · por el cual se fijan los límites máximos salariales de los Gobernadores, Alcaldes y empleados públicos de las entidades territoriales y se dictan disposiciones en materia prestacional.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.