Micelio

Artículo 3

El Incremento De Salario Por Antigüedad, Del Personal Carcelario Y Penitenciario, Se Regulará Por Lo Dispuesto En El Artículo 109 Del Decreto Extraordinario Número 157 Del 26 De Enero De 1984

Decreto 447 de 1984 · Por el cual se fija la remuneración para los empleos del personal carcelario y penitenciario y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El incremento de salario por antigüedad, del Personal Carcelario y Penitenciario, se regulará por lo dispuesto en el artículo 109 del Decreto extraordinario número 157 del 26 de enero de 1984.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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