Ratificase en todas sus partes la cesión hecha al Municipio de Buenaventura por la Ley 98 de 1922 y Resolución número 36 de 1930, del entonces Ministerio de Industrias, sobre los terrenos comprendidos dentro de la Isla denominada "Cascajal", con los limites allí expresados. El Gobierno procederá a otorgar el correspondiente titulo traslaticio de dominio a favor del Municipio de Buenaventura, verificando en dicho instrumento las reservas ordenadas en la Ley 98 de 1922 .
Ley 185 de 1959 →Vigente
Artículo 6
Ley 185 de 1959 · Por la cual se ordena el estudio de algunas obras en el Municipio de Buenaventura y la costa vallecaucana del pacífico, y se conceden facultades al Gobierno para tal fin
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.