Corríjase el artículo 236 de la Ley 1801 de 2016, el cual quedará así: “ Artículo 236. Programa de educación y promoción del Código. El Gobierno nacional, a través de las autoridades competentes, deberá diseñar programas, actividades y campañas de promoción en todo el territorio nacional, de las disposiciones más relevantes contenidas en el presente Código, especialmente de los comportamientos contrarios a la convivencia y las consecuencias que se derivan de su realización, con el fin de que la ciudadanía conozca y se actualice en torno a los aspectos trascendentales de esta ley. Así mismo deberá adelantar jornadas de capacitación y formación del nuevo Código de Policía y Convivencia a las autoridades de policía, a partir de su promulgación. De igual forma, a través del Ministerio de Educación, desarrollará programas para el fomento de competencias que fortalezcan la cultura ciudadana y la convivencia, así como el respeto por las normas y las autoridades, en concordancia con los lineamientos definidos en la Ley 1013 de 2006 y la Ley 1732 de 2014. Estos programas serán implementados por las Instituciones Educativas en el marco de su autonomía escolar y su contenido”.
Decreto 555 de 2017 →Vigente
Artículo 16
Corríjase El Artículo 236 De La Ley 1801 De 2016, El Cual Quedará Así: “ Artículo 236
Decreto 555 de 2017 · por el cual se corrigen unos yerros en la Ley 1801 de 2016 “por la cual se expide el Código Nacional de Policía y Convivencia”.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.