Citando en la práctica de una Junta Médico Científica se encuentren al examinado-lesiones o afecciones que disminuyan su capacidad sicofísica, e interfieran en la prestación regular del servicio, la Dirección de Sanidad de la respectiva Fuerza autorizará la práctica de una Junta-Médico-Laboral para definirle su situación.
Artículo 23
Citando En La Práctica De Una Junta Médico Científica Se Encuentren Al Examinado-Lesiones O Afecciones Que Disminuyan Su Capacidad Sicofísica, E Interfieran En La Prestación Regular Del Servicio, La Dirección De Sanidad De La Respectiva Fuerza Autorizará La Práctica De Una Junta-Médico-Laboral Para Definirle Su Situación
Decreto 3049 de 1981 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto número 1836 de 1979, que determina las normas relativas a la capacidad sicofísica, las incapacidades, invalideces e indemnizaciones del personal de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional, Soldados, Grumetes, Agentes, Alumnos de las Escuelas de Formación y Personal Civil del Ministerio Defensa y de la Policía Nacional
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.