° Créanse las siguientes Subinspecciones de consumo; Una en Buenaventura, dependiente de la Inspección Seccional de Cali, compuesta de un Subinspector y un Guarda. Una en Neiva, dependiente de la Inspección Seccional de Ibagué, compuesta de un Subinspector y dos Guardas. Una en Montería, dependiente de la Inspección Seccional de Cartagena, compuesta de un Subinspector y un Guarda. Una en Ocaña, dependiente de la inspección Seccional de Cúcuta, compuesta de un Subinspector y un Guarda.
Decreto 588 de 1916 →Vigente
Artículo 1
Créanse Las Siguientes Subinspecciones De Consumo; Una En Buenaventura, Dependiente De La Inspección Seccional De Cali, Compuesta De Un Subinspector Y Un Guarda
Decreto 588 de 1916 · por el cual se dictan algunas disposiciones sobre impuestos de consumo.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.