º. Las memorias, planos, etc., del acueducto se enviarán al Ministerio de Obras Públicas en álbumes de planchas debidamente legajadas y en las escalas y forma que se indican en el artículo anterior. Los planos para la construcción de los acueductos municipales, elaborados con anterioridad a la fecha del presente Decreto, no estarán sujetos a los requisitos especiales determinados en el artículo anterior.
Decreto 3145 de 1936 →Vigente
Artículo 8
Las Memorias, Planos, Etc
Decreto 3145 de 1936 · Por el cual se reglamenta la Ley 65 de 1936, sobre abastecimiento de agua potable a los Municipios de la República y sobre creación de la Sección Especial de Acueductos en el Ministerio de Obras Públicas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.