Derogado.
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LEGISLACIÓN ANTERIOR
Artículo 2.2.4.3.1.1. Conformación. Los órganos colegiados de administración y decisión (OCAD) de conformidad con lo establecido en la Constitución Política y la ley están conformados por representantes del Gobierno nacional, Departamental y Municipal o Distrital. Para el caso del Fondo de Ciencia, Tecnología e Innovación contarán además con representantes de universidades públicas y privadas. Los OCAD son órganos sin personería jurídica que desempeñan funciones públicas en los términos establecidos en la ley y en el presente decreto.
Los órganos colegiados de administración y decisión (OCAD) contarán con una secretaría técnica, un presidente designado por los miembros del respectivo órgano colegiado, y se regirán por el reglamento que expida la Comisión Rectora.
(Decreto 1075 de 2012, artículo 1°)
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