Micelio

Artículo 4

º

Decreto 1125 de 1999 · por el cual se reestructura el Instituto Colombiano de Cultura Hispánica.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Funciones. Son funciones del Instituto Colombiano de Investigación Cultural, las siguientes

1.

Recopilar para la Biblioteca Pública Cervantes la documentación que sobre el período colonial en Colombia, se encuentre en los archivos del mundo.

2.

Difundir y publicar los resultados de sus investigaciones.

3.

Establecer criterios técnicos y planes para el desarrollo, la protección, la conservación, la investigación, la difusión y el manejo del patrimonio arqueológico y etnográfico colombiano.

4.

Asesorar y apoyar las investigaciones de carácter científico que efectúen instituciones internacionales o investigadores científicos.

5.

Prestar asesoría científica a los organismos de carácter público o privado en el diseño y ejecución de estudios de impacto cultural, arqueológico y antropológico.

6.

Realizar, asesorar y coordinar programas y proyectos de investigación en materia de antropología social y cultural, bioantropología, arqueología, lingüística, historia y etnohistoria.

7.

Promover, desarrollar y divulgar la investigación científica sobre los trabajos realizados por la Expedición Botánica del Nuevo Reino de Granada, lo relacionado con la flora de Don José Celestino Mutis.

8.

Conceptuar sobre los bienes que deban ser considerados como patrimonio arqueológico y antropológico de la Nación.

9.

Colaborar con la docencia científica.

10.

Establecer y mantener actualizado el registro del patrimonio arqueológico y etnográfico del país, desarrollando y aplicando caracterizaciones técnicas adecuadas.

11.

Velar por la conservación y el mantenimiento de los parques arqueológicos cuya custodia le sea encargada, como espacios depositarios de bienes de interés cultural.

12.

Las demás funciones que le asignen de acuerdo con su naturaleza.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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