Micelio

Artículo 5

º

Decreto 987 de 1994 · Por el cual se modifica el Decreto 814 de 1994

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El

Parágrafo

del artículo 20 del Decreto 814 de 1994 quedara así: "

Parágrafo

Los derechos que posee el Banco Popular sobre fundaciones, obras de arte y bienes relacionados con el patrimonio histórico y cultural, no estarán incluidos en la venta del Banco Popular. Tales derechos y bienes serán transferidos por el Banco a favor de la Nación o del organismo o entidad pública de carácter nacional de acuerdo con el convenio interadministrativo que se celebre para el efecto."

Parágrafo

Artículo 20 DECRETO 814 de 1994

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 987 de 1994