Micelio

Artículo 2

El Ministro De Industrias, Por Medio De Resoluciones, Queda Facultado Para Reglamentar Detalladamente Las Condiciones Del Envío, Las Bases De Los Concursos, La Cuantía De La Pensión Que Se Dará A Los Laureados, El Período De Permanencia En El Exterior, Y Las Demás Condiciones Y Circunstancias Que Crea Necesarias

Decreto 360 de 1930 · Por el cual se dispone el envío de veterinarios nacionales a que perfeccionen sus estudios en el Exterior

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El Ministro de Industrias, por medio de resoluciones, queda facultado para reglamentar detalladamente las condiciones del envío, las bases de los concursos, la cuantía de la pensión que se dará a los laureados, el período de permanencia en el Exterior, y las demás condiciones y circunstancias que crea necesarias. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 360 de 1930