Cada productor de café de Colombia podrá ser beneficiario de los mecanismos de estabilización hasta por un setenta por ciento (70%) de su capacidad productiva, de acuerdo con la información que reporte la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia.
Ley 1969 de 2019 →Vigente
Artículo 10
Cantidad De Producto Que Podrá Ser Objeto De Los Mecanismos De Estabilización
Ley 1969 de 2019 · por medio de la cual se crea el Fondo de Estabilización de Precios del Café.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.