La Corte de Cuentas, la Dirección General de la Contabilidad, la Oficina Nacional de Estadística y la Oficina Central de Ordenaciones del Ministerio del Tesoro quedan incorporadas en el Departamento de Contraloría; y en consecuencia todos los empleados, libros, constancias, documentos, papeles, mobiliarios y otros objetos pertenecientes a dichas oficinas serán trasladados al Departamento de Contraloría. Los referidos empleados quedaran sujetos a lo que se dispone en el Artículo 5o de esta Ley; y mientras se expide la que fije el número y asignaciones, los actuales continuaran devengando las asignaciones de que hoy disfrutan.
Ley 42 de 1923 →Vigente
Artículo 73
Ley 42 de 1923 · Sobre reorganización de la contabilidad oficial y creación del Departamento de Contraloría
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.