Micelio

Artículo 2

El Ministerio De Guerra Dotará A Las Enfermerías Del Ejército De Las Drogas Y Específicos De Uso Corriente Para El Tratamiento De Tales Enfermedades

Decreto 1170 de 1926 · Por el cual se deroga el artículo 2o del Decreto 379 de 1926

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El Ministerio de Guerra dotará a las enfermerías del Ejército de las drogas y específicos de uso corriente para el tratamiento de tales enfermedades. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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